Como afecta el Ingreso Mínimo Vital en tu declaración de la Renta

¿Eres uno de los miles de españoles que ha recibido la ayuda del Ingreso Mínimo Vital (IMV)? En ese caso, es muy probable que te estés preguntando cómo puede afectar esto a tu declaración de la Renta de este 2020. Pues bien, recientemente la Agencia Tributaria ha publicado información con las novedades para la campaña de este año con respecto a este colectivo beneficiario de dichos ingresos, que en muchos de estos casos, será la primera vez que presenten la declaración de la Renta.

Si no la has recibido ya, en breve recibirás una carta informativa de parte de la Administración Tributaria donde podrás encontrar instrucciones sencillas para la obtención de la referencia con la que podrás tramitar tu presentación.

Obligación de presentación

En primer lugar, nos recuerda la normativa lo que no debemos pasar por alto, sin importar los ingresos recibidos, si has obtenido la ayuda del IMV, tienes obligación de presentar la declaración de la Renta. Pero no implica que tengas que incluir ese ingreso en la declaración necesariamente, ya que el IMV es una renta exenta, por tanto, se presentará la declaración sin ingresos y con cuota cero. 

Cuando las cuantías percibidas superen los 11.279,39 euros

A pesar de ser una renta exenta, cuando los ingresos recibidos sean tanto del IMV como de alguna otra ayuda a colectivos con riesgo de exclusión social, si la cuantía percibida supera los 11.279,39 € sí que se deberá incluir en la declaración el importe que supere a ese límite.

Éste último punto podría causarte cierta incertidumbre, pero se ha diseñado Renta Web para facilitar la tarea de presentar la declaración mediante la confirmación del borrador.

En los datos fiscales ya figurará la parte proporcional del IMV que corresponde a cada miembro de la unidad de convivencia. El contribuyente sólo tiene que volcar la información a Renta Web y confirmar la declaración.

En los supuestos donde exista importe sujeto por exceder de la cuantía exenta, toda la información necesaria también se podrá volcar a Renta Web y confirmar de forma igualmente sencilla.

Si aún así tienes dudas, siempre podrás solicitar ayuda telefónica o presencial a la Agencia Tributaria, ellos proporcionarán información a todos aquellos beneficiarios del IMV que lo soliciten.


Si necesitas nuestros servicios de tramitación de tu declaración de la Renta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del correo info@so-services.es o pídenos presupuesto a través del formulario de contacto https://so-services.odoo.com/contactus
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